Ante el femicidio cometido el 5 de septiembre de 2021 en Viña del Mar por Guillermo López Vargas en contra de Mónica Astorga Vega, madre de una joven a la que el femicida acosaba, emplazamos al fiscal nacional, Jorge Abbott, y a Carabineros de Chile por su falta de servicio en pro de la vida de las mujeres y niñas, y la negativa a aplicar la Ley Gabriela, promulgada en marzo de 2020 en memoria de Gabriela Alcaíno y su madre Carolina Donoso, asesinadas por Fabián Cáceres, el ex pololo de Gabriela.
La hija de Mónica Astorga, Camila, había denunciado a su acosador por amenazas y había obtenido de Fiscalía una medida cautelar. No obstante, el domingo 5 de septiembre de 2021, Camila pidió ayuda a Carabineros de Chile y no la obtuvo, concurriendo el acosador Guillermo López a su hogar, donde la acuchilló a ella, a su padre y a su madre, quienes trataron de defenderla. Camila y su padre sobrevivieron a la acción del femicida, pero Mónica, al igual que Carolina Donoso, falleció por la violencia machista de quien tuvo una relación eventual con su hija.
¿De qué sirve la ley si los actores del sistema de (in)justicia no la aplican? No solo Carabineros no protegió a Camila, su madre y su padre, sino que además el Ministerio Público, pese a que sí definió como femicidio frustrado la agresión contra Camila, y como homicidio frustrado el delito cometido contra su padre, decidió formalizar al asesino de Mónica sólo como homicida y no como autor de femicidio.
El Art. 390 ter del Código Penal, tras la modificación introducida por la Ley Gabriela, señala como autor de femicidio al “hombre que matare a una mujer en razón de su género”, considerando como tal razón el “haberse cometido en cualquier tipo de situación en la que se den circunstancias de manifiesta subordinación por las relaciones desiguales de poder entre el agresor y la víctima, o motivada por una evidente intención de discriminación”.
Sin embargo, tanto el Ministerio Público en controles de detención y formalizaciones, como el SernamEG, dependiente del Ministerio de la Mujer y Equidad de Género, y el Programa de Atención a Víctimas del Ministerio de Justicia en querellas presentadas en representación de familiares de mujeres asesinadas por hombres por motivos de género, han decidido no aplicar los tipos penales de femicidio, femicidio íntimo o violación con femicidio que la Ley Gabriela introdujo al Código Penal chileno.
Solo en 2021, el lesbofemicidio de Pamela Fonseca, asesinada por Alejandro Orellana, tío de su pareja; el femicidio de Brenda Cartes, asesinada por Luis Ojeda, ex pareja de su sobrina; la violación con femicidio de Damaris Meliñir, asesinada por Luis Salas, conocido; los femicidios de Michelle y Valentina cometidos por castigo femicida por Luciano Jaque, su padre; la violación con femicidio de Catalina, asesinada junto a su hermano por Fernando Brehm, arrendatario de su madre; y el femicidio de A.C. Contreras, asesinada por Felipe Rivera, su hijo, fueron considerados como homicidios, parricidios o violación con homicidio por las Fiscalías y querellantes del SernamEG o el Ministerio de Justicia, quienes se niegan a utilizar la Ley Gabriela.
¿Se negarían estas instituciones a aplicar la ley en otra clase de delitos? ¿Qué hubiese ocurrido si en lugar de femicidio se investigara un “portonazo”?
Asimismo, tanto el Servicio Médico Legal como Carabineros y la Policía de Investigaciones se suman a la desidia del Ministerio Público en investigar las muertes de mujeres que pudieron ser víctimas de femicidio. En todo el país, salvo contadas excepciones, no se investigan suficientemente evidentes muestras de agresiones sexuales, no se detiene a claros sospechosos y se descarta sin real análisis la participación de terceros en las muertes.
A esto se suman todos los femicidios que continúan en impunidad, incluidos en el registro de femicidios que desde 2010 publica la Red Chilena contra la Violencia hacia las Mujeres desde el activismo y sin los recursos que cuenta el Estado. Allí, desde 2017, también se consigna información sobre ya 106 muertes de mujeres no aclaradas por el Ministerio Público, SML y las policías. Cuerpos de mujeres encontradas en canales de regadío, apuñaladas, quemadas, con bolsas en su cabeza, desnudas o semidesnudas, envenenadas, con traumatismos por caídas de altura, abandonadas en estaciones de metro, sitios eriazos o bosques, entre otras circunstancias. Nuestras vidas, para el sistema de (in)justicia patriarcal, no tienen importancia.
El femicidio de Mónica Astorga cometido por Guillermo López, sujeto que acosaba y amenazaba a su hija, es un femicidio tal y como el cometido por Fabián Cáceres, ex pololo de Gabriela Alcaíno, contra Carolina Donoso, el cual en ese momento no pudo tipificarse como tal porque las circunstancias en que ocurrió no estaban contempladas en la Ley de Femicidio de 2010. Sin embargo, en la actualidad, la Ley Gabriela, creada para cubrir este vacío, sí permite considerarlo como femicidio.
Es inaceptable que el Ministerio Público, y las demás instituciones estatales como el Ministerio de Justicia, Carabineros, PDI, SML y el Ministerio de la Mujer y Equidad de Género, sigan negándose a utilizar la Ley Gabriela, vigente en el territorio de Chile, y, por tanto, repitiendo la impunidad en el femicidio de Mónica Astorga y otras siete mujeres asesinadas durante 2021.
Coordinación Nacional Red Chilena contra la Violencia hacia las Mujeres:
– Soledad Rojas
– Silvana Del Valle
– Sandra Palestro
– Amanda Aravena
– Isadora Castillo
– Priscila González
– Camila Mondaca
– Antonia del Solar
– Lorena Astudillo
-Yoselin Fernández
– Carolina Ibacache