La visibilización, politización y erradicación de la violencia hacia las mujeres han sido parte de los objetivos de la Red Chilena contra la Violencia hacia las Mujeres desde nuestros inicios en 1990. Esto ha implicado acompañar y sustentar el activismo feminista en conocimiento y teoría sobre la violencia patriarcal.
En este sentido, en 2003, la Corporación La Morada junto con la Red Chilena realizamos la primera investigación sobre femicidio en el país, hecha en base a archivos de prensa y expedientes judiciales. La publicación “Femicidio en Chile” (2004) recogió el concepto político que Diana Russell y Jill Radford ya habían trabajado años antes.
Fue recién en 2010, a través de la Ley de Femicidio, que se tipificó parcialmente este crimen, reducido a las relaciones de pareja. Diez años después, el concepto legal fue ampliado y se acercó al de la teoría feminista con la Ley Gabriela (2020).
A partir de la investigación “Violencia extrema hacia las mujeres en Chile (2010-2012)”, publicada en 2014, desde la Red Chilena comenzamos a trabajar en la visibilización de otras manifestaciones de la violencia femicida: el suicidio femicida y el castigo femicida.
Definimos el suicidio femicida como:
“Se trata de mujeres que son impulsadas al suicidio como consecuencia del acoso y la violencia constante a la que se ven sometidas, considerando el suicidio como “única salida”. Es una medida desesperada para poner fin a los malos tratos o como señal de impotencia frente a la impunidad en que se desenvuelve su agresor.”
Hoy, a ocho años desde que las feministas integramos este concepto en el país, se promulgó la ley que tipifica la inducción al suicidio y suicidio femicida, y comprobamos que el concepto de suicidio femicida es cada vez más conocido por la sociedad chilena.
Esperamos que la aplicación de esta ley sea oportuna y efectiva y que permita caminar a que la impunidad en los crímenes contra mujeres dejen de ser la regla en este país.
Así mismo, continuaremos insistiendo en la visibilización del castigo femicida, otra manifestación de la violencia femicida que, pese a existir evidencia clara de su ocurrencia, continúa siendo completamente ignorada por la sociedad y sus instituciones.
Definimos el castigo femicida como:
“Cuando un hombre, con la intención de causar un grave daño psíquico a una mujer, mata a un ser querido de ella. Generalmente se trata de hijas/os, madre, padre u otra/o. Existe en el agresor una falsa idea en la que se auto atribuye el derecho de castigar o de vengarse de una mujer porque ella no actúa como él lo determina.”
Con estos conocimientos y organización feminista es como diversas colectivas a lo largo del país, con alcance local y nacional, por años han contribuido a visibilizar femicidios, exigir justicia y poner fin a la impunidad en crímenes contra mujeres, tal como la Coordinadora 19 Diciembre, que en 2020 logra instalar en esta fecha la conmemoración del Día Nacional contra el Femicidio.
Por último, sabemos que la respuesta estatal no puede ser solo punitiva: es necesario que las políticas públicas apunten a la promoción de una vida libre de violencia machista y a la prevención de esta. Para que no tengan que haber más mujeres que se suiciden a causa de las agresiones de hombres violentos, ni tampoco mujeres asesinadas por femicidas. Es urgente que el Estado deje de llegar cuando la violencia ya ha sido cometida.